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Artículo 2

Decreto 4581 de 2008 · por el cual se crea un bono extraordinario de productividad social para los empleados públicos de Bogotá, Distrito Capital.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Tendrán derecho a este bono extraordinario los empleados públicos de Bogotá D.C., que se encontraban vinculados al Distrito Capital a 10 de julio de 2008 y permanezcan vinculados a la fecha de publicación del presente decreto y que a 31 de diciembre de 2007, la asignación básica mensual de su empleo no sea superior a tres millones seiscientos noventa y dos mil pesos ($3.692.000.00) moneda corriente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4581 de 2008