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Artículo 13

Ley 96 de 1928 · Por la cual se señalan nuevos límites a las Comisarías de Caquetá y del Putumayo, se crea la Comisaría Especial del Amazonas y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorizase al Gobierno para señalar las asignaciones del Comisario Especial del Amazonas y de los demás empleados subalternos, y para abrir, sin sujeción a los trámites de la Ley 34 de 1923 , los créditos administrativos que sean indispensables para los gastos que demanden la organización y sostenimiento de la Comisaria Especial del Amazonas. Asimismo se le autoriza para dictar las disposiciones que estime convenientes en cuanto al régimen administrativo y fiscal de la misma.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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