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Artículo 14

Fíjanse Las Siguientes Horas Para La Conferencia Ó Consulta Diaria Del Subsecretario Y De Los Otros Dos Jefes De Sección Con El Ministro: Sección 1

Decreto 314 de 1909 · Por la cual se reglamenta el despacho en el Ministerio de Instrucción Pública

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Fíjanse las siguientes horas para la conferencia ó consulta diaria del Subsecretario y de los otros dos Jefes de Sección con el Ministro: Sección 1.ª, 2 á 3 de la tarde. Sección 2.ª', 3 á 4 de la tarde: Sección 3.ª, 4 á 5 de la tarde. Sin embargo el Ministro puede apartarse de esta fijación de horas y llamar cuando lo tenga a bien Subsecretario y á los otros Jefes de Sección para despachar los asuntos pendientes en cualquier momento y á la hora en que lo estime conveniente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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