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Artículo 2.2.2.5.5

Autoridad Competente

Decreto 1067 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Relaciones Exteriores.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autoridad competente. La determinación de Zonas de Frontera y Unidades Especiales de Desarrollo Fronterizo procederá vía decreto liderado por el Ministerio de Relaciones Exteriores, y suscrito por los Ministerios de Interior, Relaciones Exteriores, Hacienda y Crédito Público, Minas y Energía y Comercio, Industria y Turismo, el Departamento Nacional de Planeación y el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, previa la satisfacción de los requisitos dispuestos en el presente capítulo.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1067 de 2015