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Artículo 1

Ley 82 de 1927 · Por la cual se deroga el artículo 6o de la Ley 103 de 1922

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Derógase en todas sus partes el artículo 6º de la Ley 103 de 1922 , en virtud del cual se autorizó al Municipio de Cartagena para gravar hasta con el diez (10) por mil (1,000) a las propiedades rurales urbanas, y con el seis (6) por mil (1,000) a las propiedades rurales de su jurisdicción, con destino especialmente a proveer a dicha ciudad de agua potable.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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