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Artículo 2.7.1.1.3

Administración Y Funcionamiento

Decreto 1081 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Único del Sector Presidencia de la República.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Administración y funcionamiento. El Observatorio Nacional de Inclusión Social y Productiva para Personas con Discapacidad será administrado por la Consejería Presidencial para la Participación de las Personas con Discapacidad, o por la entidad que haga sus veces como ente rector del Sistema Nacional de Discapacidad, atendiendo a lo dispuesto por el artículo 155 de la Ley 1955 de 2019 y el Decreto 1170 de 2015.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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