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Artículo 2

La Gobernación Del Departamento Del Chocó Deberá Rendir Informes Mensuales Sobre La Ejecución De Las Obras De Que Trata El Presente Decreto, Al Departamento Administrativo De Planeación Y Servicios Técnicos

Decreto 244 de 1959 · Por el cual se adopta el plan de inversiones del primer semestre de 1959, en el Departamento del Chocó

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La Gobernación del Departamento del Chocó deberá rendir informes mensuales sobre la ejecución de las obras de que trata el presente Decreto, al Departamento Administrativo de Planeación y Servicios Técnicos. Dicho Departamento ejercerá un minucioso control de la ejecución de estas obras y dictará las normas a que deben sujetarse las mismas. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 244 de 1959