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Artículo 15

Los Jefes De Departamento Y De Secciones Sueltas, Dictarán El Reglamento Interno De La Oficina, Para El Mejor Despacho De Los Asuntos Que Les Están Encomendados Y Distribuirán El Trabajo Entre Sus Subalternos, Repartiendo Exacta Y Cuidadosamente Las Funciones Que A Cada Uno Corresponden

Decreto 300 de 1925 · Por el cual se aprueba el Reglamento orgánico del Ministerio de Guerra

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Jefes de Departamento y de Secciones sueltas, dictarán el reglamento interno de la oficina, para el mejor despacho de los asuntos que les están encomendados y distribuirán el trabajo entre sus subalternos, repartiendo exacta y cuidadosamente las funciones que a cada uno corresponden. Tales reglamentos deben someterse a la aprobación del Ministro.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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