º. En desarrollo del artículo 202 de la Constitución Política, el Vicepresidente de la República cumplirá las siguientes misiones y encargos especiales
a)
Representación internacional de Colombia en foros, conferencias y agendas bilaterales definidas por el Ministerio de Relaciones Exteriores;
b)
Asesorar a las entidades nacionales encargadas de derechos humanos y lucha contra el narcotráfico.