El traspaso de la visa otorgada al extranjero, por deterioro, cambio o pérdida del pasaporte, será autorizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores o por las oficinas consulares de la República, previo el lleno de los siguientes requisitos
Original y fotocopia del nuevo pasaporte.
Original y fotocopia del pasaporte en donde conste la visa que se desea traspasar. En caso de pérdida del pasaporte, en el exterior bastará la afirmación que haga el interesado ante el cónsul; en Colombia deberá aportar copia de la denuncia presentada ante la autoridad competente.
Original y fotocopia de la tarjeta o cédula de extranjería, si es del caso.
Diligenciar el formulario de solicitud. TITULO VIII. PERMISO DE INGRESO Y PERMANENCIA