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Artículo 3

Ley 37 de 1968 · Por la cual la Nación coopera a la terminación de una obra destinada a la formación de la niñez abandonada

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las sumas que se destinan por los artículos anteriores se incluirán en los Presupuestos Nacionales de las correspondientes vigencias, y en caso contrario queda facultado el Gobierno para abrir los créditos y hacer los traslados que fueren del caso para darle cumplimiento a esta Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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