Las autoridades encargadas del registro y control de los extranjeros, deben remitir, mensualmente, a la Sección de Extranjeros de la Policía Nacional, un cuadro que manifieste el movimiento de extranjeros en el Municipio, con discriminación de las nacionalidades, durante el mes anterior. Para formar dicho cuadro se cerciorará de que todos los extranjeros estén provistos de la correspondiente cédula de extranjería.
Las mismas autoridades remitirán, igualmente, a la referida oficina, un comprobante individual de los extranjeros que entren y salgan del Municipio, al finalizar cada mes. Los esqueletos para los cuadros de movimiento y comprobantes de entrada y salida, se ceñirán a los modelos establecidos por la Sección de Extranjeros de la Policía Nacional.