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Artículo 13

Los Pasajes Por Comisiones Al Exterior Serán Otorgados De Acuerdo Con El Artículo 2

Decreto 483 de 1975 · Por el cual se reglamentan los decretos-leyes 3306 de 1963 y 637 de 1974

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los pasajes por comisiones al exterior serán otorgados de acuerdo con el artículo 2.° del Decreto-ley 3306 de 1963 y con el Decreto 1725 de 1964. Los funcionarios comprendidos en el artículo 2.° de este Decreto y los Oficiales de la Casa Militar de la Presidencia de la República tendrán derecho a pasajes aéreos internacionales de primera clase.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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