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Artículo 1

Ley 33 de 1923 · por la cual se abren unos créditos adicionales al Presupuesto Nacional de gastos de la actual vigencia económica

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo 1° Abrense al Presupuesto Nacional de gastos de la vigencia económica de 1923, los siguientes créditos adicionales:

MINISTERIO DE GUERRA

Material del Ejército .

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Carreteras, caminos de herradura y puentes.

Auxilios y gastos de fomento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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