Para ser destinado en comisión diplomática, además de lo previsto en el artículo 86 del Decreto 3071 de 1968 se exigen los siguientes requisitos
Estar clasificado en Listas uno (1) o dos (2), de acuerdo al Reglamento de Calificación y Clasificación para el Personal de las Fuerzas Militares, en cada uno de los tres (3) últimos años;
Si fuere casado, que la esposa no tenga la nacionalidad del país ante el cual va a ser acreditado. TITULO SÉPTIMO De las prestaciones en actividad. CAPITULO I Prima de instructor de pilotaje.