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Artículo 1

Ley 39 de 1911 · Por la cual se ordena la construcción de un puente

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno, procediendo de acuerdo con la Gobernación del Tolima, y aprovechando los materiales para un puente que este Departamento tiene en el puerto de La Venada, procederá á construir un puente de hierro sobre el rio Saldaña, entre los Distritos del Guamo y Purificación y en la vía nacional que conduce de Girardot á Neiva.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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