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Artículo 141

Decreto 2503 de 1987 · por el cual se dictan normas para el efectivo control, recaudo, cobro, determinación y discusión de impuestos que administra la Dirección General de Impuestos Nacionales.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Comité de calificaciones. El Comité de calificaciones a que se refiere el artículo 31 de la Ley 75 de 1986, estará integrado por: el Ministro de Hacienda o su delegado, quien lo presidirá, el Director General de Aduanas o su delegado, el Director General de Presupuesto o su delegado, el Director General de Tesorería o su delegado y el Director General de Impuestos o su delegado, quien actuará como secretario del mismo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2503 de 1987