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Artículo 32

Funciones De La Sección De Marcas

Decreto 2974 de 1968 · por el cual se reorganiza el Ministerio de Fomento y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Sección de Marcas. Son funciones de la Sección de Marcas

a)

Estudiar y tramitar conforme a la ley, las solicitudes que se relacionen con el registro de marcas de fábrica, rótulos y nombres comerciales, lemas de propaganda, muestras, enseñas y estilos comerciales;

b)

Estudiar y tramitar las renovaciones, traspasos y cambios de nombre de los registros a que se refiere el literal anterior; Estudiar y tramitar las caducidades y abandonos de marcas y demás modalidades de propiedad industrial;

c)

Elaborar los títulos o certificados relativos al registro de marcas y demás modalidades de propiedad industrial a que se refieren los literales a) y b), y

d)

Colaborar con la División de Industrias en todo lo relacionado con el registro, vigencia y uso de marcas o similares.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2974 de 1968