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Artículo 108

Funciones De La Vicepresidencia De Gestión Humana

Decreto 2656 de 2014 · DECRETO 2656 DE 2014, 17/12/2014, por el cual se aprueba la modificación de la estructura del Banco Agrario de Colombia S. A. y se determinan las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Vicepresidencia de Gestión Humana. Son funciones de la Vicepresidencia de Gestión Humana

1.

Planear, coordinar, dirigir y controlar los procesos, procedimientos y demás actividades relacionadas con los planes, programas y proyectos de gestión humana que garanticen la motivación del personal y el mejor clima organizacional.

2.

Asesorar a la Junta Directiva, a la Presidencia, a la Vicepresidencia Ejecutiva y demás Órganos de Dirección Administrativa del Banco, en asuntos de Gestión humana.

3.

Asesorar a la Alta Dirección en la implementación de estrategias necesarias para el desarrollo del talento humano interno.

4.

Diseñar y proponer estrategias de gestión humana para modelar y desarrollar cultura organizacional hacia el cumplimiento de los objetivos estratégicos.

5.

Definir, proponer e implementar las políticas que permitan establecer un modelo integral para el desarrollo del personal de la entidad.

6.

Definir, proponer e implementar las políticas que faciliten una administración eficiente de la fuerza laboral del Banco.

7.

Proponer y coordinar políticas y estrategias que conduzcan a establecer un clima organizacional apropiado en la entidad.

8.

Diseñar, proponer e implementar políticas de compensación acordes con las nece­sidades del Banco.

9.

Definir y proponer políticas y estrategias para la realización de la evaluación del desempeño así como la organización para un sistema de estímulos al desempeño efectivo de los trabajadores del Banco.

10.

Definir y proponer políticas que conduzcan a la mejora de los indicadores de salud ocupacional, el bienestar social laboral de los trabajadores y la gestión ambiental de acuerdo con las normas establecidas al respecto.

11.

Brindar al personal la capacitación requerida y los mecanismos adecuados para apoyar el mejoramiento de la productividad y el desempeño del trabajo.

12.

Orientar al talento humano hacia el logro de los objetivos corporativos del Banco.

13.

Planear y coordinar con la Vicepresidencia de Planeación y Desarrollo Corporativo, la asignación de cargos a las dependencias del Banco, con base en los estudios técnicos de productividad y cargas de trabajo vigentes, elaborados por la Gerencia Ingeniería de Procesos y Mejora Continua.

14.

Garantizar la optimización y estandarización de los procedimientos a su cargo ejecutados en Dirección General y Regionales.

15.

Preparar al talento humano para que se adapte y asuma los cambios organizacionales que se producen en la entidad.

16.

Definir y hacer seguimiento a los niveles de servicio establecidos para los procesos de gestión humana, garantizando su cumplimiento a las dependencias del Banco.

17.

Proponer los planes y programas de capacitación para los trabajadores del Banco y los mecanismos de evaluación de resultados.

18.

Desarrollar, supervisar y evaluar el Programa de Evaluación de Desempeño.

19.

Promover el mejoramiento de la calidad de vida y la protección y servicio social de los trabajadores de la Entidad.

20.

Dirigir y supervisar la generación de publicaciones institucionales y coordinar la producción de audiovisuales y medios impresos que se requieran para ejecutar el plan de comunicaciones internas.

21.

Planear, el diseño, implementación y evaluación de estrategias de comunicación internas.

22.

Dirigir la administración del personal y verificar el cumplimiento de las políticas y procedimientos definidos por el Banco en materia de compensación, evaluación, capacitación y desarrollo del recurso humano.

23.

Ejercer las demás funciones que la Constitución, la ley, los estatutos y los regla­mentos determinen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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