° Los Consejos Verbales de Guerra a que se refiere el Decreto número 1285 de 21 de abril de 1948, conocerán de todos los delitos cometidos en el país en los días 9 de abril y siguientes, a excepción de los simples delitos contra el régimen constitucional y la seguridad interior del Estado, y del homicidio, a que se refiere el
del artículo 1° del citado Decreto 1285, de los cuales conocerán la justicia ordinaria.
De los delitos a que se refiere el inciso 2° del artículo 1° del Decreto 1406 de 1948, como en él dispuso conocerá la Justicia Penal Militar.