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Artículo 6

º

Decreto 3558 de 1983 · Por el cual se dictan medidas sobre tarifas arancelarias únicas

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Autorizase al Consejo Nacional de Política Aduanera para otorgar tarifas arancelarias Unctas; conforme a lo dispuesto por el Decreto 3814 de 198 .2, a las maquinas y equipos correspondientes a solicitudes presentadas con anterioridad al 1º de enero de 1984. Las presentadas a partir de cada fecha, se acogeran a lo previsto en el presente Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3558 de 1983