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Artículo 2

Ley 100 de 1936 · por la cual se crean unas comisiones sanitarias y se provee a la construcción de varios hospitales

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Estas comisiones serán constituidas como lo están las similares que ha creado el Departamento Nacional de Higiene, y ejercerán sus funciones: la una, en los Municipios y respectivos Corregimientos de Marroquín, Nunchía, Támara, Moreno, Manare, Paya, Pore, Ten y Sácama; la otra, en los Municipios y Corregimientos de Chámeza, Recetor, Pajarito, Zapatosa, El Mani, La Trinidad y Orocué, y la ultima, o sea la de Arauca, en los Municipios y Corregimientos que constituyen esta Comisaría.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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