Los artículos de procedencia nacional los venderá el Comisariato con un recargo del 2% al 8% sobre el precio de costo real en los respectivos almacenes principales; y los comprados en el Extranjero con un recargo del 8% al 15% sobre el costo, con excepción de las herramientas agrícolas. Este recargo será autorizado, en cada caso, por el Comando de la Brigada.
El precio de costo se liquidará, computando el valor de la adquisición más el valor del transporte desde la fuente de producción, hasta los almacenes respectivos.