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Artículo 3

El Producto Del Impuesto Consular Grava Las Encomiendas Postales Del Exterior Y El De Los Derechos De Importación Recaudados Por Las Oficinas De Correos Y Agencias Postales, Serán Remesados A La Tesorería General De La República, En La Forma Y Términos Que Determine El Ministerio Del Tesoro Para Cada Oficina Que Maneje Encomiendas O Paquetes Postales Despachados De Otros Países

Decreto 150 de 1915 · Por el cual se reglamenta la recaudación de los derechos de importación sobre las mercancías introducidas por encomiendas postales

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El producto del impuesto consular grava las encomiendas postales del exterior y el de los derechos de importación recaudados por las Oficinas de Correos y Agencias Postales, serán remesados a la Tesorería General de la República, en la forma y términos que determine el Ministerio del Tesoro para cada oficina que maneje encomiendas o paquetes postales despachados de otros países.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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