La inspección de libros y cuentas del Instituto Nacional de Abastecimientos, de sus valores, documentos, comprobantes, etc., se permitirá únicamente a las entidades o autoridades que por la ley o por contratos tengan facultad de ejercerla y a los empleados del establecimiento cuyas funciones lo requieran.
Decreto 315 de 1945 →Vigente
Artículo 58
La Inspección De Libros Y Cuentas Del Instituto Nacional De Abastecimientos, De Sus Valores, Documentos, Comprobantes, Etc
Decreto 315 de 1945 · Por el cual se aprueban los Estatutos del Instituto Nacional de Abastecimientos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.