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Artículo 12

El Contrato De Concesión Comprenderá Como Mínimo El Área De Un Municipio O Distrito Especial, Pudiendo Abarcar Uno O Varios De Los Municipios Vecinos Que Formen Parte De Áreas Metropolitanas Legalmente Establecidas

Decreto 609 de 1990 · por el cual se reglamenta parcialmente el Capítulo VIII del Decreto-ley 1056 de 1953 y se derogan unas disposiciones.

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El contrato de concesión comprenderá como mínimo el área de un Municipio o Distrito Especial, pudiendo abarcar uno o varios de los Municipios vecinos que formen parte de áreas metropolitanas legalmente establecidas. Sin embargo, el Ministerio de Minas y Energía podrá hacer excepción al cumplimiento de este artículo en circunstancias que considere plenamente justificadas, teniendo en cuenta la configuración geográfica, área de la zona, fuentes de suministro y desarrollo urbano.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 609 de 1990