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Artículo 48

Decreto 1452 de 1987 · por el cual se expide el Estatuto de Transporte de carga y deroga el Decreto número 2330 de julio 22 de 1986.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

DESCENTRALIZACION. Para efectos de otorgamiento de Licencia de Funcionamiento, renovación, cancelación, cambio de razón social, naturaleza jurídica u otras funciones que tengan sede y radio de acción dentro de la jurisdicción de una Oficina Regional, se aplicará lo establecido en el artículo 43 del Decreto 729 de 1986, o la norma que lo modifique.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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