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Artículo 13

Decreto 1790 de 2003 · por el cual se suprime el Fondo Nacional de Caminos Vecinales, FNCV y se ordena su liquidación.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Subrogación de convenios. El Instituto Nacional de Vías se subroga en los mismos términos y condiciones en los derechos y obligaciones del Fondo Nacional de Caminos Vecinales, así como en todo aquello que guarde relación directa o indirecta con el convenio interinstitucional de cooperación y asistencia técnica No 1738/01 celebrado ente el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, Fondo de Inversiones para la Paz, el Ministerio de Transporte y el Fondo Nacional de Caminos Vecinales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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