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Artículo 25

Ley 19 de 1958 · Sobre reforma administrativa

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Queda autorizado el Gobierno para modificar las disposiciones vigentes sobre formación de los Catastros, a fin de asegurar que la propiedad raíz sea avaluada técnicamente, o impedir la evasión del impuesto predial. En el ejercicio de esta autorización no podrá el Gobierno variar las tarifas del impuesto sin previa y especial aprobación del Congreso.

Disposiciones Generales

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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