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Artículo 2

Ley 102 de 1914 · sobre regimen administrativo en la Intendencia del Chocó.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno ejercerá las atribuciones que corresponden a las Asambleas sobre las materias del régimen departamental y del municipal, en cuanto lo requieran el orden y el desarrollo de la Intendencia, y concederá a esta entidad, en lo posible y conveniente, la mayor autonomía e independencia para ]a administración de sus intereses seccionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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