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Artículo 3

Ley 30 de 1947 · Por la cual se asocia la nación a unos juegos internacionales, se decreta una prima olímpica y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Nación se hará presente en los juegos de Cartagena por medio de comisiones especiales de las Cámaras Legislativas y por Delegados del Comité Olímpico Nacional y del Ministerio de Educación. El Gobierno les fijara los viáticos correspondientes, para lo cual se destina la suma de quince mil pesos ($15.000.00).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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