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Artículo 26

La Organización Interna Y Sus Modificaciones Serán Determinadas Por La Junta Directiva, Pero Su Nomenclatura Se Ajustará A Las Siguientes Normas: A) Las Dependencias De Nivel Directivo Se Denominará Secretarias O Subdirecciones

Decreto 2687 de 1979 · Por el cual se aprueban los estatutos del Centro Interamericano de Fotointerpretación

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La organización interna y sus modificaciones serán determinadas por la Junta Directiva, pero su nomenclatura se ajustará a las siguientes normas

a)

Las dependencias de nivel directivo se denominará Secretarias o Subdirecciones.

b)

Las dependencias que cumplen funciones de asesoría o coordinación se denominarán Oficinas y Comités y Consejos, cuando incluyan personas que no sean funcionaros del Centro.

c)

Las dependencias operativas, incluidas las que atienden servicios administrativos internos se denominarán unidades, divisiones, secciones o grupos.

d)

Las dependencias que se creen para el estudio o decisión de asuntos especiales se denominarán Comisiones o Juntas. CAPITULO V Régimen jurídico de los actos y contratos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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