JurídicoESEN

Artículo 1

Decreto 1157 de 1914 · Por el cual se hace una traslación en el Presupuesto Nacional de gastos del año económico de 1914

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Trasládase en el Presupuesto Nacional de gastos del año económico de 1914, del Ministerio de Obras Públicas, Capítulo 84 - Ferrocarriles- artículo 633, la cantidad de sesenta y cuatro mil pesos ($ 64,000), a las siguientes imputaciones:

ministerio de obras publicas

capitulo 83

Edificios nacionales.

capitulo 84

Ferrocarriles.

Parágrafo

Las Oficinas ordenadoras y pagadoras respectivas describirán en sus libros las operaciones a que da lugar el presente Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1157 de 1914