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Artículo 93

La División De Desarrollo Tecnológico Tiene Las Siguientes Funciones: A) Diseñar O Colaborar En La Formulación De Las Políticas De Producción, Apropiación Y Transferencia De Tecnologías De Acuerdo Con Las Políticas, Estrategias, Programas Y Proyectos Del Sector Y Con Los Planes Y Programas De Desarrollo Económico Y Social Del País; B) Asesorar A Los Diferentes Niveles Del Sistema, En La Elaboración, Ejecución, Control Y Evaluación De Planes, Programas Y Proyectos De Producción, Apropiación Y Transferencia De Tecnologías; C) Proponer La Distribución De Los Recursos Para La Producción, Apropiación Y Transferencia De Tecnologías En Los Diferentes Niveles Del Sistema De Salud; D) Determinar Las Necesidades De Cooperación Técnica Nacional E Internacional Necesarios Para La Producción; E) Proponer Un Sistema De Información Para La Producción, Apropiación Y Transferencia De Tecnologías En Los Diferentes Niveles Del Sistema De Salud Y Asesorar La Implantación Del Mismo; F) Proponer Las Normas Administrativas Y Éticas Que Regulen El Proceso De Producción, Apropiación Y Transferencia De Tecnologías En Los Diferentes Niveles Del Sistema De Salud; G) Proponer Mecanismos De Coordinación Para La Producción, Apropiación Y Transferencia De Tecnologías En Los Diferentes Niveles Del Sistema De Salud; H) Prestar Asistencia Técnica A Los Diferentes Niveles Del Sistema En El Desarrollo De La Producción, Apropiación Y Transferencia De Tecnologías; I) Identificar Las Necesidades De Capacitación En Materia De Producción, Apropiación Y Transferencia De Tecnologías Requeridas En Los Diferentes Niveles Del Sistema De Salud; J) Diseñar, Proponer Y Aplicar Mecanismos De Difusión Y Aplicación De Los Resultados Relacionados Con La Producción, Apropiación Y Transferencia De Tecnologías En Los Diferentes Niveles Del Sistema De Salud, En Coordinación Con Las Demás Dependencias Del Ministerio; K) Diseñar, Proponer Y Aplicar Metodologías De Evaluación Para Las Actividades De Producción, Apropiación Y Transferencia De Tecnologías De Los Diferentes Niveles Del Sistema De Salud

Decreto 1471 de 1990 · por el cual se establece la estructura orgánica del Ministerio de Salud y se determinan las funciones de sus dependencias.

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El texto del artículo

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ARTICULO 93. La División de Desarrollo Tecnológico tiene las siguientes funciones

a)

Diseñar o colaborar en la formulación de las políticas de producción, apropiación y transferencia de tecnologías de acuerdo con las políticas, estrategias, programas y proyectos del Sector y con los planes y programas de desarrollo económico y social del país;

b)

Asesorar a los diferentes niveles del Sistema, en la elaboración, ejecución, control y evaluación de planes, programas y proyectos de producción, apropiación y transferencia de tecnologías;

c)

Proponer la distribución de los recursos para la producción, apropiación y transferencia de tecnologías en los diferentes niveles del Sistema de Salud;

d)

Determinar las necesidades de cooperación técnica nacional e internacional necesarios para la producción;

e)

Proponer un sistema de información para la producción, apropiación y transferencia de tecnologías en los diferentes niveles del Sistema de Salud y asesorar la implantación del mismo;

f)

Proponer las normas administrativas y éticas que regulen el proceso de producción, apropiación y transferencia de tecnologías en los diferentes niveles del Sistema de Salud;

g)

Proponer mecanismos de coordinación para la producción, apropiación y transferencia de tecnologías en los diferentes niveles del Sistema de Salud;

h)

Prestar asistencia técnica a los diferentes niveles del Sistema en el desarrollo de la producción, apropiación y transferencia de tecnologías;

i)

Identificar las necesidades de capacitación en materia de producción, apropiación y transferencia de tecnologías requeridas en los diferentes niveles del Sistema de Salud;

j)

Diseñar, proponer y aplicar mecanismos de difusión y aplicación de los resultados relacionados con la producción, apropiación y transferencia de tecnologías en los diferentes niveles del Sistema de Salud, en coordinación con las demás dependencias del Ministerio;

k)

Diseñar, proponer y aplicar metodologías de evaluación para las actividades de producción, apropiación y transferencia de tecnologías de los diferentes niveles del Sistema de Salud. Subdirección de Regionalización y Ordenamiento Territorial.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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