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Artículo 5

Decreto 623 de 1900 · Por el cual se reglamenta el Impuesto de peaje en el camino nacional de Cambao

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

" Art. 5° No causarán peaje alguno en el camino de Cambao, las mercancías que se fabriquen en el país; pero para que los porteadores tengan derecho á gozar de esta exención, deberán presentar en. cada Aduanilla un certificado del jefe ó representante de la respectiva Empresa, en el cual se indicará claramente la clase y cantidad de los artículos que se conduzcan , con el pase del Inspector respectivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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