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Artículo 67

Las Encomiendas Con Acuse De Recibo Se Inscribirán En El Libro De Recibo Y Entrega Con La Anotación A

Decreto 85 de 1927 · Por el cual se reglamenta el servicio de encomiendas postales del interior

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las encomiendas con acuse de recibo se inscribirán en el libro de recibo y entrega con la anotación A. R. en la columna de observaciones. En caso de que el destinatario se niegue a firmar el acuse de recibo, se considerara el envío como rehusado y se hará constar esta circunstancia sobre la misma fórmula de acuse de recibo y en 1a columna de observaciones del referido libro.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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