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Artículo 2

Decreto 925 de 1959 · Por el cual se distribuyen la partida de ciento setenta y dos mil ciento treinta y cinco pesos ($ 172.135.00), apropiada en el Capítulo 390, articulo 4239, ordinal 1° del Presupuesto de la vigencia en curso para atender a la creación, instalación y sostenimiento de la Escuela Normal de Rurales de Chitagá (Norte de Santander), creada por el Decreto legislativo número 0200 de 1958

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Las partidas distribuidas en el presente Decreto para atender a la creación, instalación y sostenimiento de la Escuela Normal de Rurales de Chitagá (Norte de Santander), para Varones, creada por el Decreto legislativo número 0200 de 1958, y dependiente de la División de Educación Campesina, serán giradas al Pagador III de dicho establecimiento. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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