°. Si se trata de Empresas de Energía Eléctrica, las tarifas deben referirse
A las unidades internacionales de energía eléctrica, o sea al watio hora, y a sus múltiplos decimales cuando la energía se suministra a los consumidores por medio de contadores de corriente;
A las unidades de fuerza, luminosidad y calefacción equivalente en watios a sus múltiplos decimales, cuando la energía se suministra, a los consumidores a precios fijos y por unidades determinadas de tiempo. Es decir, que dichas tarifas deberán referirse a la unidad de watio - mes. Cuando se determine en dichas tarifas una cuota fija o consumo mínimo para el consumidor, éstas deben determinarse a base de la capacidad de la instalación.