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Artículo 27

La Tarjeta De Operación Deberá Contener La Siguiente Información: A) Datos De La Empresa: Razón Social, Sede, Radio De Acción Y/O Zona De Operación

Decreto 493 de 1990 · por el cual se dicta el Estatuto para el Servicio Público de Transporte Municipal en vehículos tipo automóvil o taxi y se deroga el Decreto 265 de 1988.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La tarjeta de operación deberá contener la siguiente información

a)

Datos de la empresa: Razón social, sede, radio de acción y/o zona de operación.

b)

Datos del vehículo: Clase, marca, modelo, número de motor, capacidad, placas.

c)

Fecha de vencimiento, numeración consecutiva, firma y sello de la oficina expedidora.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 493 de 1990