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Artículo 12

Decreto 609 de 1982 · Por el cual se reglamenta la Ley 9ª de 1981 sobre Organización del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo decimosegundo. La vigilancia de la gestión fiscal del Fondo corresponde a la Contraloría General de la República, por intermedio de sus Auditores Delegados en Colombia y en el Exterior. La Contraloría General de la República prescribirá los sistemas contables más apropiados que permitan una mayor agilidad en los trámites, de acuerdo con la naturaleza y organización del Fondo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 609 de 1982