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Artículo 3

Ley 36 de 1959 · Por la cual la Nación se asocia a la celebración del primer centenario de la fundación de la población de San Francisco, en el Departamento de Cundinamarca.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3o de la Ley 46 de 1946 , créase una Junta destinada a la administración y manejo de los fondos a que se refiere el artículo 2o de la presente Ley. Dicha Junta quedará constituida así: por un representante del Ministerio de Obras Públicas y otro de la Contraloría General de la República; por el Cura Párroco, el Alcalde, el Presidente del Concejo y el Tesorero Municipal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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