° El Consejo Directivo de la Misión estará integrado por el Ministro de Hacienda y Crédito Público o su delegado, quien lo presidirá; el Ministro de Gobierno o su delegado; el Jefe del Departamento Nacional de Planeación o su delegado; un alcalde como delegado de la Federación Colombiana de Municipios; el Secretario de Administración Pública de la Presidencia de la República; el Secretario Económico de ésta y el Director de la Misión. El Consejo Directivo es la máxima autoridad de la Misión y cumplirá las siguientes funciones
Adoptar el plan y el cronograma de trabajo correspondientes para la formulación de la propuesta a que se refiere el artículo 5° de este Decreto;
Aprobar los informes periódicos y final y las propuestas de orden constitucional, legal o administrativo que le sean presentados por el Director;
Orientar al Director y a la Comisión Técnica para el cabal cumplimiento de sus funciones.