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Artículo 15

Modifícase El Artículo 506 Del Decreto 2685 De 1999, El Cual Quedará Así: “artículo 506

Decreto 4431 de 2004 · por el cual se modifica el Decreto 2685 de 1999.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Modifícase el artículo 506 del Decreto 2685 de 1999, el cual quedará así: “Artículo 506. Entrega de la mercancía . En cualquier estado del proceso, cuando la autoridad aduanera establezca la legal introducción y permanencia de la mercancía en el territorio aduanero nacional o cuando se desvirtúe la causal que generó la aprehensión, el funcionario competente ordenará, mediante acto motivado que decida de fondo, la entrega de la misma y procederá a su devolución”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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