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Artículo 10

Las Cámaras De Comercio Nacionales, Para Los Fines De Este Decreto, Servirán De Órgano De Propaganda Y De Consulta De La Junta Patriótica Exposición Internacional De New York, Las Que, A Su Vez, Nombrarán Una Comisión Especial Dentro De Su Zona Jurisdiccional, Con Objeto De Agrupar A, Los Industriales Y Productores, Y Para Elaborar Los Proyectos Y Proposiciones Que Al Efecto Enviarán A La Junta

Decreto 1855 de 1937 · Por el cual se ordena tomar parte en la exposición internacional de New York, que tendrá lugar en el año de 1939

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las Cámaras de Comercio Nacionales, para los fines de este Decreto, servirán de órgano de propaganda y de consulta de la Junta Patriótica Exposición Internacional de New York, las que, a su vez, nombrarán una comisión especial dentro de su zona jurisdiccional, con objeto de agrupar a, los industriales y productores, y para elaborar los proyectos y proposiciones que al efecto enviarán a la Junta.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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