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Artículo 42

Del Decreto-Ley 121 De 1976, El Instituto Nacional De Salud - Inas, Ejecutará Las Obras De Acueductos Y Alcantarillados En Poblaciones Con Más De 2

Decreto 1686 de 1984 · Por el cual se adiciona el Decreto número 0033 de 1984.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. De conformidad con el artículo 42 del Decreto-ley 121 de 1976, el Instituto Nacional de Salud - INAS, ejecutará las obras de acueductos y alcantarillados en poblaciones con más de 2.500 habitantes de acuerdo con el convenio que suscriban el Instituto Nacional de Fomento Municipal (INSFOPAL) y el Instituto Nacional de Salud (INAS).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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