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Artículo 12

Control Fiscal

Decreto 1857 de 1994 · por el cual se establecen las normas generales para el funcionamiento de los Fondos de Servicios Docentes

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Control fiscal. El control fiscal sobre los recursos del Fondo de Servicios Docentes se efectuará con sujeción a lo dispuesto en la Ley, los reglamentos y por las contralorías respectivas. Los responsables de la administración del Fondo responderán, por ello conforme a las normas vigentes en esta materia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1857 de 1994