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Artículo 24

Decreto 1858 de 1938 · por el cual se reglamente la Ley 93 de 1938, y se crea una dependencia administrativa.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO VIGESIMOCUARTO. Los empleados de las Instituciones de Utilidad Común, Juntas de Beneficencia Síndicos, administradores de legados, herencias, etc., a cuyo cargo esté el manejo de bienes destinados al bién común, deben prestar caución para asegurar su manejo. Estas cauciones deben ser estudiadas y aprobadas por el Departamento de Asistencia Social, sin perjuicio de la ingerencia que en ello corresponde a la Contraloria General de la República.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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