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Artículo 1

Decreto 755 de 1918 · Por el cual se crean los puestos de Directores ad honorem de las Bandas de Músicos del Ejército

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Créanse los puestos de Directores de Banda de Músicos del Ejército, ad honorem , pudiendo los Departamentos que a bien lo tengan fijarles asignación por su cuenta. Tales Directores estarán bajo la dependencia exclusiva de los Comandos respectivos, y quedarán sujetos a la disciplina militar. Comuníquese y publíquese,

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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