JurídicoESEN

Artículo 1

Decreto 1856 de 1941 · Por el cual se reglamenta la manera de hacer el Instituto de Crédito Territorial las compras de sus elementos de oficina

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Los elementos de que trata el considerando 2 del presente Decreto, podrá adquirirlos el Instituto de Crédito Territorial por conducto del Departamento Nacional de Provisiones, de acuerdo con la reglamentación establecida en el Decreto 251 de 1937, y en las disposiciones legales concordantes con este. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1856 de 1941