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Artículo 2

Decreto 1446 de 1978 · Por el cual se aprueba el acuerdo número 6 de 1978 (febrero 23), emanado del Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional del Cauca (CVC)

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. La Corporación Autónoma Regional del Cauca, CVC, emitirá con fecha primero (1°) de julio de mil novecientos setenta y ocho (1978) y hasta por un valor de $ 50.000.000 (cincuenta millones de pesos) los bonos a que se refieren los artículos 13 y 14 de la Ley 25 de 1959, para hacer entrega de ellos a los contribuyentes del impuesto nacional de que tratan las mismas disposiciones, en las condiciones y proporciones allí establecidas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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